Tributación indígena. Inicialmente, los encomenderos obtenían su tributo de la producción de los indígenas (pescados en el caso de Arica), pero de a poco se empezó a exigir dinero, concepto que no calzaba con el estilo de vida de los andinos. Esto los obligó a emplearse como peones, caravaneros o en otras faenas y/o a modificar su producción para destinarla a la venta en vez del sustento de su unidad social. A partir del siglo XIX, se perturba aún más el orden andino cuando los tributos dejan de ser responsabilidad del núcleo social y pasan a ser una responsabilidad individual. Para dimensionar este cambio, recuérdese que la base social de los andinos era la gestión colectiva de la comunidad. Las nuevas reglas desmembran a la comunidad y obligan a los indígenas a concentrar sus esfuerzos en  forma más egoísta, privilegiando los intereses de la familia. 
 
Los tributos propios de los indígenas fueron eliminados sólo en 1854 por el Mariscal Ramón Castilla, cuando Perú obtenía importantes ingresos por la explotación del guano de aves. Desde entonces, empezaron a tributar como cualquier agricultor de cualquier origen racial. 
 
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